Horario:
De octubre a mayo: Lunes a Viernes de 9 a 14h. Jueves de 17 a 19h.
De junio a septiembre: Lunes a Viernes de 9 a 14h.
Capitulaciones matrimoniales

Tienen por objeto establecer disposiciones relativas al régimen económico matrimonial, y en general otras estipulaciones relacionadas con el matrimonio.

Tradicionalmente se utilizan para pactar el régimen de Separación de Bienes.

Pueden ser previas o posteriores al matrimonio.

Para su eficacia frente a terceros es necesaria su inscripción en el registro civil.

Documentación necesaria

Si es de solteros que van a contraer matrimonio:

- D.N.I. de los dos contrayentes.

Si es de casados que además van a hacer liquidacion de la sociedad de gananciales:

- DNI de ambos, libro de familia, títulos de los bienes que vayan a liquidar, esquema de valores y repartos./p>