Horario:
De octubre a mayo: Lunes a Viernes de 9 a 14h. Jueves de 17 a 19h.
De junio a septiembre: Lunes a Viernes de 9 a 14h.
Poderes

El poder es un documento notarial en el que usted autoriza a otra persona de su confianza para que le represente y firme uno o varios negocios jurídicos.

El poder se basa en la confianza que al que lo da le merece quien lo recibe y se caracteriza por ser revocable en cualquier momento y de interpretación estricta, de manera que el apoderado sólo puede hacer uso del mismo si el poder está vigente y si el acto que pretende realizar está comprendido dentro de las facultades conferidas.

Documentación necesaria

- DNI del poderdante (persona que concede el poder).

- DNI del apoderado, (persona a quien se concede el poder).

Además, por tipos:

General:

- D.N.I. del poderdante, datos del apoderado nombre, estado civil, domicilio y D.N.I. si se conoce con certeza , se puede incluir cláusula que permita la subsistencia del mismo caso de devenir incapacitado el poderdante.

Especial:

- Si se trata de venta de bienes inmuebles es recomendable incluir datos regístrales de la finca que va a ser objeto de transmisión. Si se trata de venta de bienes muebles es recomendable incluir datos que permitan distinguirlos sin ningún género de duda, por ejemplo en un vehículo la matrícula del mismo.

Para pleitos:

- D.N.I. del poderdante, nombre de letrados y procuradores y colegio al que pertenecen.

De Sociedad Mercantil:

- Poderes del representante y los datos del apoderado.